Saltar navegación. Ir directamente al contenido principal (Tecla de acceso S)

Está usted en:

  1. Transición sostenible
  2. EDP Energía Solidaria
  3. Convocatoria 2025

Fundación EDPConvocatoria 2025

Comienza el contenido principal

He olvidado la contraseña

Apertura de Candidaturas el 1 de abril
Presenta tu proyecto

EDP Energía Solidaria


Convocatoria 2025
| FAQs | Documentos clave | Help-Desk

Convocatoria 2025

EDP Energía Solidaria es un programa de apoyo técnico y económico a proyectos con impacto social que contribuyen de manera clara a una transición energética más justa e inclusiva.

En 2025, la Fundación EDP mantiene su compromiso con la transición energética justa, la innovación social y el apoyo a la sociedad civil, permitiendo la presentación de proyectos por cualquier persona jurídica, independientemente de su calificación, siempre que estos proyectos encajen en los criterios y términos especificados en el reglamento.

Así, seas una empresa, una administración pública o una entidad sin ánimo de lucro (social o medioambiental), el programa EDP Energía Solidaria puede ayudarte a llevar a cabo tus ideas y proyectos para afrontar los retos de una transición energética en la que nadie se quede atrás, y sea capaz de generar impactos positivos en las vidas y comunidades que más lo necesitan. 

FAQs

¿Cuánto dinero puedo solicitar?

El máximo que se puede solicitar a la convocatoria de EDP Energía Solidaria son 100.000 €. Sin embargo, hay que tener en cuenta que no puede solicitarse la totalidad del coste del proyecto; la Fundación EDP financia como máximo un determinado porcentaje que depende del tipo de entidad solicitante.

¿Cuándo tengo que presentar mi propuesta?

Esta nueva edición de EDP Energía Solidaria está organizada en dos fases diferentes; una primera fase de candidaturas simplificadas y una segunda fase de candidaturas completas, únicamente para aquellos proyectos que hayan superado la primera fase.

Las propuestas simplificadas podrán presentarse entre el 1 de abril y el 31 de mayo.

¿Habrá una nueva convocatoria en 2026?

No. El programa EDP Energía Solidaria ha pasado a ser un programa bianual que volverá a abrirse en el año 2027.

¿Puede el programa financiar el 100% de un proyecto?

No. El programa EDP Energía Solidaria únicamente financia un porcentaje del coste total del proyecto. Las entidades solicitantes adquieren el compromiso de aportar el porcentaje de recursos no cubiertos por la Fundación EDP. En el caso de entidades sin ánimo de lucro, el porcentaje que deberán aportar las organizaciones solicitantes será como mínimo el 25% del coste total del proyecto. Las empresas y administraciones públicas deberán asegurar la financiación del 50% del coste salvo que formen parte de un consorcio liderado por una entidad sin ánimo de lucro. En estos casos el porcentaje a aportar se reduce hasta el 20%.

Soy una persona física o una entidad sin personalidad jurídica ¿puedo presentar un proyecto?

Únicamente las personas jurídicas pueden presentar un proyecto al programa EDP Energía Solidaria. No se admiten propuestas presentadas por personas autónomas o colectivos sin personalidad jurídica.  

¿Cuánto tiempo pasará desde que presente mi proyecto hasta que se me comunique si ha sido o no seleccionado?

La nueva edición de EDP Energía Solidaria se divide en dos fases; una primera fase de candidaturas simplificadas y una segunda fase de candidaturas completas, únicamente para aquellas entidades cuyo proyecto haya superado la primera fase de selección.

Los proyectos seleccionados para presentar una candidatura completa serán comunicados entre los meses de junio y julio de 2025. Las candidaturas completas se presentarán durante el último trimestre de este mismo año, siendo comunicados los proyectos finalmente seleccionados durante el primer trimestre de 2026.

Mi proyecto se desarrolla fuera del estado español. ¿Puedo presentarme?

Únicamente es posible presentar propuestas que se desarrollen dentro del estado español y que, además, beneficien a personas dentro del mismo territorio.

Mi proyecto se desarrolla en el estado español, aunque en una zona que no está recogida como prioritaria en el reglamento. ¿Puedo presentarme?

Se admiten proyectos presentados en todo el estado español, sin excepción. El establecimiento de zonas prioritarias no implica que no puedan apoyarse proyectos en otras zonas si el proyecto responde de manera adecuada a los criterios establecidos en la convocatoria.

¿Cuál es la diferencia entre alianzas y consorcios?

Un consorcio es un acuerdo formal entre dos o más entidades a través del cual acuerdan presentarse conjuntamente al programa EDP Energía Solidaria, adquiriendo responsabilidades frente a la Fundación EDP de manera solidaria. Evidentemente, todas las partes de un consorcio deben tener un papel activo en el proyecto y formar parte de su implementación. Los consorcios pueden obtener un porcentaje mayor de financiación si son liderados por una entidad sin ánimo de lucro.

Las alianzas son colaboraciones de naturaleza más informal, que no requieren de un acuerdo específico, y en las que, además, únicamente la entidad solicitante adquiere responsabilidades frente a la Fundación EDP.

¿Puedo presentar un proyecto ya iniciado o una parte de las actividades habituales de mi organización?

Tal y como establece el reglamento, los proyectos deben ser nuevos y no estar iniciados en el momento de concederse la financiación. Tampoco se admite la financiación de las actividades habituales de la entidad solicitante o entidades consorciadas. No obstante, es posible presentar ampliaciones de proyectos en curso, siempre que sus resultados, objetivos y actividades puedan establecerse de manera clara y diferenciada.

Además, también se admite la presentación de propuestas que supongan la ampliación o continuidad de proyectos apoyados por anteriores ediciones de EDP Energía Solidaria. En estos casos es especialmente importante justificar la pertinencia de esta ampliación, aportando datos, informes o cualquier otra información que pueda avalar la continuidad del apoyo.

¿Cuál debe ser la fecha de inicio prevista de los proyectos?

Al tratarse de una convocatoria en dos fases y con carácter bianual, los proyectos presentados deberán considerar una fecha de inicio estimada en marzo de 2026. Es importante tener en cuenta que, en la primera fase de candidaturas simplificadas, pueden presentarse ideas o estimaciones sobre una posible intervención, que podrán trabajarse en profundidad en caso de ser seleccionadas para la fase 2 en función de su potencial.

¿Cuánto pueden durar los proyectos?

Se admiten propuestas de hasta 24 meses de duración.

¿Nos gustaría conocer de antemano el contenido del formulario de presentación de proyectos ¿Es posible?

En esta nueva edición el formulario de presentación de propuestas de la fase 1 es muy sencillo y se considera que no tiene la complejidad suficiente como para ser conocido con anticipación por las entidades solicitantes. Además, es importante tener en cuenta que las organizaciones interesadas dispondrán de dos meses para presentar su propuesta; tiempo suficiente para prepararla de manera adecuada.

Tenemos un proyecto relacionado con la energía pero que no tiene fines sociales. ¿Podemos presentarlo?

Todos los proyectos deben tener fines sociales y dirigirse a alguno de los públicos prioritarios establecidos en el reglamento de la convocatoria.

Tengo una idea o un proyecto que nos gustaría presentar, pero no estamos seguros de si encaja en la convocatoria o de cómo asegurar su encaje en las prioridades establecidas. ¿Pueden ayudarnos?

EDP Energía Solidaria dispone de un servicio de ayuda para responder a las dudas de las entidades y ofrecerles orientación. Es importante tener en cuenta que este servicio estará abierto únicamente durante el periodo de presentación de candidaturas.

¿Puede la entidad considerar como cofinanciación aportaciones en especie como trabajo voluntario o puesta a disposición de sus equipos informáticos?

No. La valoración económica del trabajo voluntario, o de los equipos aportados (informáticos, mobiliario, etc.) no cuenta como cofinanciación del proyecto. Cabe recordar que tampoco es posible incluir los gastos indirectos como cofinanciación.

¿Es el IVA un gasto elegible?

Si la entidad solicitante realiza declaraciones de IVA entonces el IVA deducible no se podrá incluir como gasto subvencionable. En el caso de entidades que no realicen declaraciones de IVA y para las que, por tanto, este impuesto suponga un gasto, deberán acreditar dicha situación a través de la documentación pertinente en el momento de la solicitud.

¿Cuántos informes de seguimiento hay que presentar en el caso de que una propuesta sea aprobada?

El número de informes depende de la duración del proyecto. Se aconseja consultar el detalle del formulario. No obstante, con carácter general, para proyectos de 12 meses de duración, deberá presentarse un informe intermedio y otro final. En el caso de proyectos que sufran algún tipo de prórroga deberá, además, entregarse un informe adicional tras la finalización de dicha prórroga.

Los proyectos de 24 meses deberán entregar 3 informes intermedios y uno final.

¿Podemos presentar el proyecto vía mail o de alguna manera diferente a los formularios disponibles?

No, las propuestas remitidas por email o por cualquier otro medio diferente al recogido en el reglamento y en esta página web, no serán consideradas.

Help-Desk

Si tienes dudas o necesitas hacer alguna consulta sobre la convocatoria o tu candidatura, puedes hacer uso del servicio gratuito de orientación y apoyo Help-Desk.

Para solicitarlo rellena el formulario disponible en este enlace .

Fin del contenido principal

Inicio del contenido